lunes, 31 de mayo de 2010

Algo huele mal en Catamarca

Algo huele mal en Catamarca
En las primeras páginas de "Hamlet", el famoso drama de Shakespeare, Marcelo, uno de los oficiales, le dice a Horacio, amigo del protagonista: "Algo huele mal en Dinamarca" (Acto Primero, Escena IV). Si bien en el original en inglés se expresa: "Algo está podrido en...", lo que en algunas traducciones ha sido trasladado como "Hay algo torcido en el Estado de Dinamarca", la frase ha quedado identificada con situaciones que no son claras o que tienen un origen poco confiable.
PERSONAJES INVOLUCRADOS:
El Intendente José Perea
Quien por la radio FM "Z" declaró que si es necesario matará a las personas que están manteniendo el corte contra Agua Rica.
Perea no renunciará:
"¡No, no y no!", respondió exaltado el intendente al ser consultado por los pedidos para que renuncie al cargo.
"Lo primero que tienen que hacer ellos (por los Ambientalistas) es estar preparándose para rendirle cuenta a la Justicia por todo el vandalismo que han ocasionado. No es que lo hicieron otros, acá los responsables son los señores que están a la cabeza del grupo de ambientalistas", sentenció, y confirmó que presentarán la denuncia al culminar el relevamiento de los daños materiales. Perea apuntó nuevamente contra Roberto Cecenarro y Oscar Matecich.
"Lo que quieren ahora es hacerse las víctimas, pero la comunidad ya los condenó. Ellos han sido socios de aquellos grupos de Quebracho que vinieron de otros lados, son socios de Pino Solanas y lo que buscan en el fondo es quedarse con la Municipalidad. Pero van a tener que esperar hasta el 2011", desafió.
La Fiscal de instrucción Marta Graciela Nieva de Andalgalá:
Quien dio la orden de desalojar el lunes a los vecinos, en una entrevista radial reconoció estar arrepentida y apoyar la causa de los asambleístas, “si hubiera sabido como terminaría no tomaba la decisión”.
Sin embargo sigue dedicada afanosamente a identificar a los responsables de los ataques a los edificios de la Municipalidad, de la minera Agua Rica y algunos comerciantes proveedores de dicha minera. Pero no ha cursado ningún oficio a los responsables de la brutal represión del día lunes.
El Juez de Garantías Rodolfo Cecenarro de Andalgalá:
Aseguró que las presentaciones judiciales por parte de los asambleístas y vecinos de Andalgalá en contra de la actividad minera, están mal realizadas, y que los mimos se encuentran mal asesorados jurídicamente.
Sobre los hechos de violencia dijo (lavándose las manos):
“Yo firmé, quien ordena y realiza el operativo es el fiscal de instrucción”
O sea que por una parte tiene el amparo presentado por los ambientalistas y por otra la causa sobre el desalojo de los mismos del corte en Chaquiago (suena incongruente ¿verdad?).
El juez Electoral y de Minas de Catamarca Raúl Guillermo Cerda:
Ordenó paralizar los trabajos en el emprendimiento minero de Agua Rica. La medida fue resuelta como consecuencia de los graves incidentes que se registraron ayer en Andalgalá.
El Gobernador de Catamarca Eduardo Brizuela del Moral:
En la Capital de la Provincia se realizó una marcha en repudio por la grave represión en Andalgalá y se pronunciaron fuertes discursos contra el gobierno de Eduardo Brizuela del Moral haciendo hincapié en la corrupción, la falta de justicia, y su sesgo prominero.
José Luís Molina Director de Minería de Catamarca:
Ante una pregunta de un periodista que le planteaba el problema de que si se iniciaba la explotación de “Pilciao 16” la población de Andalgalá no tendría donde vivir, el funcionario citado respondió: “No hay problema, los indemnizamos y listo”
Malestar de los comerciantes y proveedores:
El supermercado "Los Mellizos", ubicado en una esquina frente a la plaza fue uno de los blancos de la violencia del martes por la noche. Vidrios rotos permanecían como prueba de los actos de vandalismo.
Luis Rojano, el propietario del comercio, que además regentea junto a sus hermanos una empresa de maquinarias viales que trabaja para Agua Rica, expresó su malestar por la situación y anticipó que realizaría la denuncia por los daños.
También confirmó que la empresa vial que administra junto a sus hermanos -Mafap- dejaría de trabajar para la minera. Lo mismo dijo públicamente a través de radios locales Ariel Rojano, quien además pidió disculpas a la gente por haber intentado pasar con una maquinaria propia por el bloqueo antiminero.
Adolfo Perez Esquivel Premio Nóbel de la Paz manifestó:
“Debemos recordarles a los gobernantes que están en sus cargos para servir al pueblo y no para servirse del pueblo y estar al servicio de intereses extranjeros.”
COMENTARIOS FINALES
Evidentemente esta es solo una batalla ganada, pero la guerra continua y habrá que estar atentos a los movimientos futuros de todos y cada uno de los personajes mencionados, ya que la minera estará trazando su estrategia para reconquistar el terreno perdido y volver a poner las cosas en el lugar que ellos lo necesitan.
Hay que recordar que los personajes involucrados son pro mineros y están ávidos de los dineros a los que la empresa los tiene acostumbrados, por lo que, en cuanto los ambientalistas bajen los brazos, volverán a la carga para que Agua Rica se ponga en marcha cuanto antes.
Fuerza y coraje queridos hermanos andalgalenses, ahora hay que poner todo el empeño en consolidar el apoyo internacional obtenido y “machacar mientras el hierro esta caliente” (como decía mi maestro en laminación de aceros, allá lejos y hace tiempo).
José Jorge Aldecoa Davies
San Isidro, 20/02/2010

EL IMPERIO CONTRAATACA

EL IMPERIO CONTRAATACA
Parodiando a la zaga “La guerra de las Galaxias”
Todo estaba más o menos tranquilo: La Alumbrara, Veladero, Cerro Vanguardia y otros emprendimientos mineros de menos envergadura que se hallan operando en la Argentina, seguían su marcha habitual (contaminando, depredando y llevándose sus ganancias al exterior como siempre). El impacto de la crisis mundial del 2008 había demorado y/o cambiado de manos a varios proyectos que debían haber avanzado mucho en el 2009, pero que aun no habían comenzado a operar en los plazos previstos y muchos de ellos ni siquiera estaban construyendo la infraestructura operativa.
En el último cuatrimestre del año pasado, la crisis estaba dando sus últimos suspiros y los precios de los metales volvieron a crecer en el mercado mundial.
Así las cosas, la mayoría de los emprendimientos en proceso de instalación y muchos proyectos dormidos comenzaron a despertar y salir a la luz de la opinión pública, por comentarios en los medios de comunicación masiva.
De inmediato resurgieron los movimientos ambientalistas a luchar por contener esta nueva embestida del poder mundial para despojarnos de lo poco que nos queda de riquezas genuinas pero no renovables, dado que las divisas de las exportaciones de minerales no regresan a nuestro país y se quedan en los bancos del exterior por un decreto del ejecutivo nacional argentino.
A los largo de toda nuestra cordillera, los pueblos cercanos a los yacimientos mineros volvieron a la lucha y la reacción de las fuerzas combinadas de las multinacionales y el gobierno argentino con represiones ya sin miramientos y mas agresivas que nunca, no se hicieron esperar.
En Jujuy, Salta, La Rioja, San Juan, Catamarca y la Patagonia se sucedieron hechos de violencia consistentes en agresiones físicas, destrucción de instalaciones, vehículos y presiones de todo tipo, contra todo aquello que significara resistencia y oposición a las actividades y pretensiones de los pro-mineros que intentaban monopolizar las noticias y la opinión pública.
El punto crítico de esta situación se dio hace un poco mas de un mes (a mediados de diciembre), cuando se supo que la Secretaría de Minería de la provincia de Catamarca había autorizado la explotación de una mina de oro Pilciao-16, cuyo yacimiento está ubicado debajo la ciudad de Andalgalá.
Ante el requerimiento periodístico de que iba a pasar con los pobladores del lugar, el Secretario de Minería de Catamarca José Guillermo Sinner, manifestó: “Bah!! No hay problema… los indemnizamos y listo”.
Ante esta perspectiva y la reanudación de las actividades en la construcción del emprendimiento de “Agua Rica” ubicado a solo 17 kilómetros al norte de la ciudad, donde nacen los ríos que alimentan de agua a potable y de riego a todas las poblaciones del área, los ambientalistas andalgalenses unidos bajo el nombre de “Vecinos por la Vida”, decidieron hacer un corte selectivo en la ruta de acceso a esa mina, permitiendo el paso de todos los vehículos particulares, excepto los que transportan maquinarias y/o insumos para dicho emprendimiento.
Al mismo tiempo lanzaron un llamado a todas las entidades ambientalistas del país y del mundo, buscando apoyo moral y material para mantener esa patriada.
La respuesta no se hizo esperar, y de todos los rincones de la Argentina, Latinoamérica y varios países de Europa, comenzaron a llegar las adhesiones, solidarizándose con esta campaña contra la minería multinacional devastadora y contaminante y a favor de la vida y la preservación de uno de los santuarios ecológicos naturales como son Los Nevados del Aconquija (a cuyos pies se encuentra el emprendimiento minero “Agua Rica”),
Bueno, como era de esperar, la reacción de las mineras y el gobierno se hizo inmediatamente presente por intermedio de artículos en los diarios y entrevistas por radio y televisión locales, donde tanto funcionarios como profesionales seudo independientes, comenzaron una sostenida tarea de defensa de la actividad minera y de desprestigio de los movimientos ambientalistas.
Vayan como ejemplos:
- La participación el sábado 9/1 del Geólogo de Tucumán Guillermo Amilcar Vergara en el programa radial “El Club de la Pluma” que se transmite los sábados de 16 a 21 hs. por Radio Carlos Paz FM 103.1, donde se expresó abiertamente a favor de la minería, negando que contamina y minimizando sus efectos nocivos para la salud humana, al tiempo que se la emprendía contra los grupos ambientalistas con el remanido argumento de su desinformación y falta de visión de futuro.
- El viernes 15/1 por la noche, en el Comité de la UCR de Andalgalá, medio centenar de afiliados radicales realizaron una reunión ordinaria, con la presencia del director provincial de Minería, José Luis Molina, quien había sido expresamente invitado para brindar explicaciones respecto de la concesión de Pilciao 16 en el subsuelo de la mencionada ciudad. El citado Molina, posteriormente se dirigió al canal 10 de la televisión local, donde expuso a favor de la minería a cielo abierto y contra los grupos de vecinos ambientalistas.
Simultáneamente, los Gioja en San Juan, Jaque en Mendoza, Beder Herrera en La Rioja y muchos mas salieron a los medios nacionales a promocionar la minería como “política de estado” y denostar a los que se les oponen.
Evidentemente, las empresas multinacionales han preparado un plan maestro de coptación de los medios y por ende de la opinión publica, para lograr imponer el modelo pro-minero con la colaboración de los gobiernos y funcionarios argentinos, que están absolutamente “pegados” a dichas empresas extranjeras.
Algo debemos hacer para parar esta locura. Yo solo vislumbro una solución y es que aprovechando que ya no tienen la mayoría absoluta en la legislatura nacional, todos los que queremos un futuro mejor para nuestros hijos y nietos, en un gesto de grandeza, nos unamos y deroguemos las leyes entreguistas y dictemos nuevas reglas en defensa de nuestro patrimonio y de nuestra soberanía, expulsando definitivamente a estos buitres depredadores de nuestra patria y castigando como se merecen a los políticos y funcionarios corruptos que han permitido esta barbarie moderna.
¡¡¡Que Dios y la Virgen nos ayuden a cumplir con este sagrado designio!!!
Los uno a todos en fraternal abrazo
José Jorge Aldecoa Davies
San Isidro, 19/01/2010

lunes, 28 de diciembre de 2009

EL ORO ARGENTINO

Por José Jorge Aldecoa Davies
(jorgealde@hotmail.com)
Todos los días escucho la radio por la mañana mientras me desayuno y a esa hora uno de los avisadores del programa matinal de noticias es una muy prestigiosa Casa de Cambio ubicada en el microcentro de la Ciudad de Buenos Aires.
Lamentablemente el aviso de este anunciante dice textualmente: “Cambiamos dólares, euros y toda clase de moneda extranjera. Vendemos ORO SUIZO EN BARRAS desde dos gramos hasta un kilo. Tenemos solución para sus billetes deteriorados. Consúltenos sin compromiso”
Indefectiblemente el desayuno se me atraganta y me dan ganas de vomitar, a tal punto, que he decidido no escuchar el aviso mientras tomo mi café con leche, porque me voy a enfermar.
Muchos de ustedes se preguntarán el porque de una reacción tan estertórea de mi parte, pero para aquellos que no lo saben, Suiza actualmente no tiene oro en su territorio, y la gran mayoría del oro que venden, proviene de las minas a cielo abierto que las compañías de esa nacionalidad poseen en los países del tercer mundo (especialmente de la Argentina), donde Xtrata Cooper es dueña mayoritaria de la mina “La Alumbrera” (que es una de la mayores productoras de oro de Latinoamérica y 5ª en el mundo) 1 .
Mi bronca reside en que estos depredadores se llevan nuestro oro (junto con otros 35 minerales mas) y solo pagan menos del 1% de su valor, que luego nos lo venden al 100% del precio del mercado internacional para ese metal 2.
Además tienen toda clase de beneficios legales e impositivos 3 y gozan de estabilidad fiscal por treinta años a partir de la fecha de aprobación del proyecto por parte de las autoridades argentinas.
No se ustedes, pero yo siento una angustia y una rabia que me nace de las entrañas, cuando escucho cosas como estas y no puedo evitar que me afecten física y emocionalmente.
¿HASTA CUANDO NUESTROS FUNCIONARIOS VAN A SEGUIR PERMITIENDO ESTE DESPOJO?
¿CUANDO NUESTROS LEGISLADORES VAN A CAMBIAR LAS LEYES DE PROTECCION A LAS MINERAS MULTINACIONALES?
¿CUANDO VAMOS A DESPERTAR DE ESTA PESADILLA DE DEPREDACION, CONTAMINACION Y MUERTE, QUE YA LLEVA MAS DE UNA DOCENA DE AÑOS?
EL PUEBLO TIENE LAS HERRAMIENTAS PARA CORREGIR ESTA ABERRACION Y SON EL VOTO DEMOCRATICO Y CONCIENTE Y LA PROTESTA PACIFICA PERO FIRME Y PERMANENTE.
¡¡¡EJERZAMOS NUESTROS DERECHOS Y ACTUEMOS YA!!!

REFERENCIAS
1
Efectivamente el mega emprendimiento La Alumbrera que trabaja y factura mucho en las tierras catamarqueñas desde hace más de diez años, no ha significado nada para la comunidad y mucho menos ahora que se encuentra en el proceso de cierre de mina. La población tenía cifradas expectativas con Yamanna ya que desde el vamos y de acuerdo a lo que desde la empresa se declamaba, generaría muchos puestos de trabajo directo e indirecto, tendría más contacto directo con la comunidad y ayudaría a mucha gente, cosas que Xtrata no hizo y al final, en su etapa de cierre nos quedará solamente un bochornoso y letal socavón, contaminado y hondo.

2
El único beneficio considerado en la legislación es el de las regalías que se establecen en el artículo 22 de la Ley 24.196 de Inversiones Mineras: “Las provincias que adhieran al régimen de la presente ley y que perciban regalías o decidan percibir, no podrán cobrar un porcentaje superior al tres por ciento (3%) sobre el valor "boca mina" del mineral extraído”.
Ahora bien, veamos en que consiste este valor boca de mina, Resolución Nº 56/97 (24/01/1997): “Para el cálculo del valor “boca-mina”, a dicho monto se le deducirán todos los costos y/o gastos directos y, de amortización que tenga la empresa para dicha operación, excepto los costos y/o gastos directos e indirectos inherentes al proceso de extracción del o de los minerales, pudiéndose expresar mediante la siguiente fórmula:
Vbc = Vf – (Cf+Ct+Cc+Ca+Cd), donde:
Vbc = valor “boca-mina”
Vf = Valor VNR
Cf = costos de transporte, fletes y seguros hasta la entrega del producto logrado, menos los correspondientes al proceso de extracción del mineral hasta la boca-mina.
Ct = costos de trituración, molienda, beneficio y todo proceso de tratamiento que posibilite la venta del producto final a que arribe la operación minera.
Cc = Costos de comercialización hasta la venta del producto logrado.
Ca = Costos de administración hasta la entrega del producto logrado, menos los correspon-dientes a la extracción.
Cd = costos de amortización (inversión total, menos la inversión en mina)”.
De donde se puede deducir que la minería es la única actividad que es subvencionada por el estado, ya que sus gastos operativos son deducidos del importe a pagar en concepto de regalías. (En la práctica estas deducciones redondean el 2%, quedando solo un 1% a pagar).

3 “Reintegro a las exportaciones de los productos de la minería de la Puna Argentina” Se estableció un régimen especial de reintegro a las exportaciones de sustancias minerales y determinados productos derivados contemplados en la NCM (originalmente del 5%, actualmente de 2,5%), Resolución ex M.E.y O.y S.P. Nº 762/93 y su modificatoria Nº 479/98
"Reintegro de Tributos a la Exportación de Metales Preciosos" - Resolución 294/1995
“Reintegro a las exportaciones por puertos patagónicos” Ley 23.018 y su modificatoria Nº 24.490 (que van del 5% al 10% según su latitud).
Tratamiento especial para los productos comprendidos en el Capitulo 26 de la NCM y la denominada aleación dorada o bullón dorado. Resolución General AFIP Nº 281 del 02 de diciembre de 1998.
1. Se autoriza la declaración de un valor FOB provisorio sólo respaldado por el contrato entre importador y exportador;
2. Ese contrato no tiene certificación alguna que acredite la mera existencia de la persona física o jurídica que compra en el exterior;
3. Tampoco existe norma alguna tendiente a determinar la existencia de grupo económico u otra especie de relación – que puede llegar a la identidad absoluta – entre exportador e importador;
4. No es posible tener certeza alguna respecto de la cantidad y calidad de la mercadería que se está exportando, datos que dependen exclusivamente del importador y el exportador (la intervención de un árbitro es irrelevante a estos fines);
5. Por consiguiente, tampoco existe certeza alguna sobre el valor de la mercadería exportada, con lo que el tributo pagado deviene en una contribución graciosa del exportador hacia el fisco federal argentino;
6. Se otorga para el pago de esa contribución graciosa un plazo extraordinario, sin que se requiera garantía específica alguna como la ley exige.
"Devolución del IVA a la Exportación de Productos de la Minería" Resolución Nº 83/04 - Se podrá solicitar el beneficio instituido en el Artículo 14 bis de la Ley Nº 24.196 de Inversiones Mineras y modificatorias

AGUA RICA ES COMO UNA ESPADA DE DAMOCLES SOBRE LA CABEZA DE LOS ANDALGALENSES

Son muy pocos, excepto los habitantes de Andalgalá y los pueblos vecinos, los que tienen idea de lo que significará la mina Agua Rica cuando este mega emprendimiento minero comience a operar.
Para los que no están advertidos de lo que esa mina significa, comencemos por ilustrar de qué se trata el proyecto “Agua Rica”:
Está situada geográficamente en el oeste catamarqueño, con un recurso de 802 millones de Toneladas y leyes de 0,61% de Cu, 0,24 g/t de Au, 0,035% de Mo y 3,7 g/t de Ag, constituye una de las dos reservas de Cu-Mo-Au más importantes vinculadas al Complejo Volcánico Farallón Negro, a escasos 17 kilómetros en línea recta al norte de la ciudad de Aldalgalá, Provincia de Catamarca, muy cercana a los “Nevados del Aconquija”, (considerados patrimonio ecológico, turístico y ambiental de esa región, según consta en la carta orgánica de la Municipalidad de esa ciudad).
Esas montañas son la fuente de provisión de agua de los andalgalenses, tanto para el consumo humano, como para riego de la comarca entera.
Su pico mas alto El Nevado del Candado con sus 5450 metros snm (sobre el nivel del mar) es el emblema y motivo de orgullo de la ciudad y sus alrededores, ya que su majestuosa imagen se aprecia en todas las postales y folletos que muestran la belleza de una zona bendecida por Dios con sus cerros nevados y su paisaje espectacular.
Todo esto se halla amenazado por el mencionado proyecto minero que ya tiene la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental por parte del gobierno de Catamarca y cuya iniciación solo está demorada por cuestiones financieras de las empresas concesionarias de la mina, debido a la reciente crisis económica a nivel mundial.
Es importante señalar que Agua Rica será tres veces mayor que la Mina de La Alumbrera, que ya tiene 12 años de operación en la zona.
Estudios realizados por especialistas en el tema, indican que las conscuencias ecológico-ambientales de este emprendimiento, serían desastrosas para una población tan grande y tan cercana a la mina como es Andalgalá y sus localidades aledañas.
El Ing. Elio Vélez de la Universidad de Tucumán a realizado un análisis pormenorizado el Estudio de Impacto Ambiental de Agua Rica y ha llegado a conclusiones “que meten miedo” (como dice la gente del pueblo).
Existen además estudios anteriores presentados en el XVI CONGRESO GELOGICO ARGENTINO - LA PLATA – 2005, donde se expusieron los resultados obtenidos en una exploración del yacimiento de Agua Rica, con la obtención de 36 muestras con perforaciones a diferente profundidad que van desde los 20 hasta los 655 metros, en una línea transversal de E/O a todo lo ancho del yacimiento en cuestión.
Ambos estudios se adjuntan como soporte técnico a la presente nota.
Como corolario digamos que si se observa la composición química de las muestras mencionadas, se puede deducir fácilmente que los comentarios del Ing. Vélez son mas que suficientes para “meter miedo al mas pintado” (salvo los funcionarios que están en la ciudad capital de Catamarca o los que son de la Ciudad de Buenos Aires, que por estar tan lejos piensan que nunca les va a llegar la contaminación, pero se equivocan: los ríos nacen en la cordillera pero indefectiblemente desembocan en el mar y mas tarde o mas temprano, llegará a nuestro litoral marítimo)
Y como dijo Almafuerte:*
“Obsesión casi asnal, para ser fuerte,
nada más necesita la criatura,
y en cualquier infeliz se me figura
que se mellan los garfios de la suerte…
¡Todos la incurables tienen cura
cinco minutos antes de la muerte!”
José Jorge Aldecoa Davies
*¡Avanti! De los siete sonetos medicinales de Pedro B. Palacios (Almafuerte) 1854-1917
Ver artículo con audios en:
www.revistaelemilio.com.ar/?p=5274

lunes, 22 de septiembre de 2008

LA GRAN MENTIRA DE LAS EXPORTACIONES MINERAS




Todos nosotros hemos oído y leído hasta el cansancio informaciones sobre los extraordinarios beneficios que nos brindan las cuantiosas exportaciones de minerales que se producen en nuestro país.

También hemos escuchado a gobernantes y funcionarios decir que las ventajas que nos dejan las exportaciones de minerales compensan con creces “los pequeños inconvenientes” que ocasionan las operaciones de extracción de los mismos.

Asimismo la propaganda de las empresas mineras afirma que somos un país cuyas exportaciones minerales superan los números de las tradicionales agropecuarias, que han sido desde siempre nuestro orgullo como “el granero del mundo”.

Ahora bien, definamos que significa en el comercio exterior la palabra EXPORTACION:

Según el Tratado de Bruselas y los acuerdos internacionales sobre el comercio exterior entre los países del mundo libre, se establece que se produce una exportación cuando las materias primas, productos y/o servicios del país de origen que se venden al exterior, son efectivamente recibidos y “nacionalizados” [1] en destino y son abonados en los plazos y montos pactados, mediante el ingreso de las divisas en el circuito financiero del país exportador.

En el caso de nuestro país, las divisas obtenidas por una exportación, deberán ser negociadas a través del Mercado Único de Cambios del BCRA (Banco Central de la República Argentina).

Bueno, hasta aquí todo parece funcionar perfectamente: nuestros productores venden al exterior, sus carnes, lácteos, frutas, miel, productos manufacturados, software, servicios financieros, turismo, etc. y reciben a cambio las divisas que son negociadas, como dijimos anteriormente, en el mercado del BCRA, recibiendo a cambio los pesos a la cotización del día del mercado local.

Pero aquí surge la gran paradoja de la exportación de minerales, ya que por el Decreto 753/2004 [2],
el gobierno actual resolvió que la actividad minera está excluida del cumplimiento de lo mencionado en el párrafo anterior.

Entonces nos encontramos con una gran contradicción:

  1. Todos los exportadores deben ingresar las divisas al mercado oficial de nuestro país.
  2. La exportación, para que sea considerada como tal debe convertir sus divisas por intermedio del BCRA.
  3. La actividad minera en la Argentina no cumple (por disposición del Gobierno Nacional) con los requisitos mencionados precedentemente.

Por lo tanto nuestras estadísticas de comercio exterior están reflejando cifras de exportaciones en dólares mentirosas, ya que en el rubro de minerales no podemos incluir divisas que jamás ingresaron al país y solo se deberían incluir las cantidades de minerales en toneladas y/u onzas troy que se entregaron al exterior, pero nunca su valor en dólares.

Pero aquí no termina la historia, ya que todos sabemos que nuestros sufridos productores, cuando exportan sus productos sufren por parte del Gobierno Nacional, retenciones que van desde un 5% (las menos) hasta un 40% (la mayoría ronda el 20%).

Y aquí se acentúa aun mas la paradoja, ya que la actividad minera no sufre ningún tipo de retenciones y por el contrario es beneficiada con Reintegros a la Exportación tales como

- “Reintegro a las exportaciones de los productos de la minería de la Puna Argentina” [3] Se estableció un régimen especial de reintegro a las exportaciones de sustancias minerales y determinados productos derivados contemplados en la NCM (originalmente del 5%, actualmente de 2,5%), Resolución ex M.E.y O.y S.P. Nº 762/93 y su modificatoria Nº 479/98

- "Reintegro de Tributos a la Exportación de Metales Preciosos" - Resolución 294/1995 [4]

- “Reintegro a las exportaciones por puertos patagónicos” Ley 23.018 y su modificatoria Nº 24.490 (que van del 5% al 10% según su latitud).

- Tratamiento especial para los productos comprendidos en el Capitulo 26 de la NCM y la denominada aleación dorada o bullón dorado. Resolución General AFIP Nº 281 del 02 de diciembre de 1998.

1. Se autoriza la declaración de un valor FOB provisorio sólo respaldado por el contrato entre importador y exportador;

2. Ese contrato no tiene certificación alguna que acredite la mera existencia de la persona física o jurídica que compra en el exterior;

3. Tampoco existe norma alguna tendiente a determinar la existencia de grupo económico u otra especie de relación – que puede llegar a la identidad absoluta – entre exportador e importador;

4. No es posible tener certeza alguna respecto de la cantidad y calidad de la mercadería que se está exportando, datos que dependen exclusivamente del importador y el exportador (la intervención de un árbitro es irrelevante a estos fines);

5. Por consiguiente, tampoco existe certeza alguna sobre el valor de la mercadería exportada, con lo que el tributo pagado deviene en una contribución graciosa del exportador hacia el fisco federal argentino;

6. Se otorga para el pago de esa contribución graciosa un plazo extraordinario, sin que se requiera garantía específica alguna como la ley exige.

7. "Devolución del IVA a la Exportación de Productos de la Minería" Resolución Nº 83/04 - Se podrá solicitar el beneficio instituido en el Artículo 14 bis de la Ley Nº 24.196 de Inversiones Mineras y modificatorias

RESUMEN DE LOS BENEFICIOS QUE SE OTORGAN A LAS EMPRESAS MINERAS:

  • La inhibición total del Estado Argentino para emprender la explotación de yacimientos minerales.
  • Un régimen especial para las Inversiones Mineras, que limita a las provincias el monto de las regalías y que las exime del pago de impuestos provinciales y municipales.
  • La firma de un contrato con Chile que tenga primacía sobre las leyes nacionales en los territorios a explotar en una franja de 150 Km. a ambos lados de la frontera.
  • El marco legal garantiza a las mineras transnacionales todos estos beneficios por 30 años.

Incentivos Fiscales

1. Doble deducción de Gastos de Exploración (Ley 24.196) pueden deducir el 100% del monto invertido del impuesto a las Ganancias.

2. Devolución del IV A a la Exploración (Ley 25.429).

3. Estabilidad fiscal y cambiaria por 30 años (Ley 24.196).

4. Amortización acelerada de maquinarias, construcciones, vehículos e infraestructura se amortizan en 3 año (Ley 24.196).

5. Exenciones de Aranceles y Tasas Aduaneras, no pagan derecho de importación o de todo otro gravamen por la importación de bienes de capital, equipos e insumos.

6. Regalías (Ley 25.161) el tope fijado en el país es del 3% menos los costos de extracción y transporte del valor boca de mina del mineral extraído.

7. Los Estados Nacional y Provinciales acordaron eliminar todo gravamen y tasas municipales e impuesto a los sellos.

8. Reembolso por Puerto Patagónico (Ley 23.018) se establece un reembolso a las exportaciones realizadas por puertos patagónicos del 5%. O sea le cobramos el 3% menos los costos de extracción y transporte y le pagamos 5% si lo sacan por puerto patagónico, por lo tanto le terminamos dando plata para que se lleven nuestras riquezas, que BUEN NEGOCIO!!!!!!!.

9. Exención del impuesto al cheque (Decreto Nº 613/2001), para el resto de las actividades es del 6 por mil.

10. Deducción del 100% del Impuesto a los Combustibles Líquidos, el que todos pagamos cuando cargamos combustibles.

11. Transferencia al exterior de capital y ganancias en cualquier momento y sin pagar cargas o impuestos sobre tales transferencias

12. No deben liquidar divisas. Están autorizados a no ingresar al país el 100% de lo producido por sus exportaciones, ya que venden, facturan y cobran en el exterior sin pasar nada por el Banco Central.

13. El costo del agua, no deberán pagar un centavo por la utilización de enormes cantidades de agua.

José Jorge Aldecoa
jorgealde@hotmail.com


[1] "Se considera nacionalización al proceso de trasponer los límites del área aduanera e ingresar definitivamente al país de destino, previo pago de los derechos, impuestos y demás tasas y contribuciones que exija la ley aduanera de ese país".

[2] "Déjase sin efecto la obligatoriedad del ingreso y negociación en el mercado de cambios de las divisas provenientes de la exportación de productos, que fuera prevista por los Artículos 1° del Decreto Nº 2581/64 y 10 del Decreto Nº 1555/86, correspondientes a las empresas mineras"
[3]
“Se establece el reintegro a las exportaciones de mercaderías comprendidas en la Nomenclatura del Comercio Exterior que se produzcan en las provincias de Catamarca, Jujuy y Salta”.
[4] "Se establece que, las exportaciones para consumo de mercaderías constituidas por determinados metales preciosos, cualquiera fuera su posición arancelaria (NCM), recibirán el reintegro de los importes que se hubieran pagado en concepto de tributos anteriores en las distintas etapas de producción y comercialización"


sábado, 23 de agosto de 2008

LA CONTAMINACION DE LA MINERIA A CIELO ABIERTO

Apuntes sobre la contaminación de la minería a cielo abierto

Introducción

He leído mucho últimamente sobre la contaminación de la minería a cielo abierto, especialmente en los cuestionamientos de las organizaciones que defienden la ecología y el medio ambiente de las zonas donde operan o están planeadas operaciones de estas características.

Me refiero concretamente a que en la mayoría de los casos la defensa de sus posiciones respecto a esta actividad se centra en la necesidad de prohibir los procesos de lixiviación con cianuro en el tratamiento de las rocas extraídas para separar el oro de la roca estéril.

¡Y creo que esto es correcto, pero no suficiente!

La lixiviación con cianuro es altamente contaminante, pero no es la única fuente de contaminación que produce la minería a cielo abierto.

Es, por lo tanto, muy importante mencionar todas las razones que hacen de esta actividad la mas contaminante del mundo, a fin de evitar que los propulsores de la minería centren su defensa en uno solo de dichos factores, facilitando así el accionar de estos cipayos al servicio de los malignos intereses de los capitales multinacionales y sus esbirros locales, que solo piensan en su provecho personal, sin importarles la salud ni es futuro de las comunidades afectadas por la minería a cielo abierto.

El proceso de extracción y transporte

En todo proceso de extracción y tratamiento de las rocas provenientes de una operación minera de grandes proporciones a cielo abierto, concurren una serie de factores que hacen a la inevitable utilización de elementos necesarios para realizar el procedimiento mencionado en forma adecuada y eficiente, a saber:

1. Para extraer la roca de las entrañas de la montaña es menester utilizar grandes cantidades de explosivos para remover enormes cantidades de la misma, al tiempo que tratar de hacerlo de forma tal que produzca trozos de material lo mas pequeños posible, a fin de facilitar la posterior molienda del mismo, por una elemental cuestión de practicidad y costo operativo.

2. Como mencionamos en el punto anterior las rocas extraídas deben ser trituradas y reducidas a polvo para permitir la separación del mineral de la roca estéril.

3. Una vez obtenido el material triturado se lo rocía con una "sopa química", que en el caso del oro está compuesto principalmente por cianuro de sodio, en el caso de la plata con arsénico y en el cobre con acido sulfúrico.

4. Luego el material es lavado mediante grandes cantidades de agua para separar por gravedad el metal de la roca estéril y al mismo tiempo eliminar los químicos del metal obtenido.

5. El polvo metalífero concentrado es mezclado con agua hasta lograr un lodo, que sea posible de transportar por cañería hasta los centros de procesamiento final de refinación.

6. En el camino de transporte del concentrado es necesario centrifugarlo para extraerle el agua y volverlo a su estado de polvo, para que pueda ser refinado adecuadamente.

Los factores de la contaminación

Analicemos cada uno de los procesos mencionados precedentemente, para determinar los elementos utilizados y su incidencia en el medio ambiente.

• Durante el proceso de extracción, como dijimos anteriormente, se utilizan grandes cantidades de explosivos y esto ocurre generalmente en zona de altura (entre 2.500 a 4.500 msm). Asimismo dichas explosiones son producidas por "tiros de mina" de gran cantidad de cartuchos por vez, que producen el derrumbe de cientos de toneladas de roca, que caen al fondo del pozo (pit) provocando nubes de polvo, que son arrastradas por los vientos cordilleranos y transformadas en lluvia ácida.

• Durante los procesos de trituración y separación de de los metales de la roca estéril mediante rociado de químicos y consiguiente lavado con agua, se generan montañas de roca y desechos líquidos que forman las "escombreras" y los "diques de cola", respectivamente.

• Durante el proceso de centrifugado del concentrado para volverlo seco., se producen millones de litros de agua conteniendo los desechos del proceso, que son volcados a piletas y en muchos casos a cursos de agua cercanos.

• Los compuestos minerales existentes en las montañas que contienen yacimientos de oro y cobre, son sulfuros y arseniuros, que sumados a los nitratos resultantes de los explosivos utilizados, al estar en contacto con el oxígeno del aire y el agua, producen ácidos y sales que son arrastrados por el agua hacia los diques de cola.

• Asimismo además de los minerales mencionados, en este tipo de yacimientos existen una veintena de otros minerales (especialmente los llamados "pesados") que también son liberados por los procesos químicos y se mezclan con el agua del lavado.

Otros factores intervinientes

A los ya mencionados, el viento y el agua del lavado, hay que agregar el agua pluvial y la nieve, que son factores climáticos imposible de manejar por el hombre.

No olvidemos que todas las zonas cordilleranas donde existen yacimientos metalíferos son áreas sísmicas, donde hay frecuentes temblores y a veces terremotos, que hacen que el terreno sea frágil y propenso a agrietarse fácilmente.

Además está el factor humano, que en su afán de bajar costos y maximizar ganancias, no cumple con las especificaciones y normas de resguardo del entorno, como es la ausencia de las membranas aislantes en escombreras y diques de cola para prevenir las filtraciones a las napas freáticas de los compuestos químicos existentes en tales lugares. (Que aunque existieran, por el peso de las toneladas de roca y agua, por el desgaste natural por el paso de los años, los antedichos resquebrajamientos del suelo y un sinnúmero de factores mas, tienden a producir filtraciones imposibles de detectar). Ponemos como ejemplo que en la Mina La Alumbrera de Catamarca las membranas aislantes no se colocaron para ahorrar costos en la instalación y el mineraloducto que transporta el concentrado hasta Tucumán por mas de 300 km fue enterrado a 1.80 mts de profundidad en lugar de 8 mts como especificaba el acuerdo de concesión y además sigue el curso de ríos y arroyos, debajo del lecho de los mismos, para evitar el pago de peaje a particulares, pues son terrenos fiscales y los gobiernos no les cobran nada.

Por otra parte, para llegar a los lugares de las minas, la mayoría en zonas de muy difícil acceso, se deben construir pasos y caminos, que en muchos casos ha significado la destrucción de glaciares de millones de años de antigüedad y que son considerados reserva mundial de agua dulce.

También debemos considerar que la minería consume enormes cantidades de energía eléctrica y millones de litros de agua por día, en zonas donde tanto la electricidad como el agua son escasas y ello significa privar a las poblaciones cercanas de elementos tan vitales para su subsistencia.

Asimismo debemos considerar el problema paisajístico, que se ve totalmente deteriorado por la desaparición de montañas enteras, que son reemplazadas por enormes cráteres cien veces mayores al más grande estadio de fútbol.

Por supuesto que no podemos soslayar el aspecto económico, que significa llevarse nuestros recursos sin pagar impuestos ni tributos y con todo el apoyo de las leyes y funcionarios corruptos

No podemos finalizar esta enumeración sin mencionar los tremendos impactos sociales en las poblaciones cercanas a las minas a saber:

• Una es la división de los actores sociales en bandos antagónicos, ya que la dicotomía entre los "no a la mina" y los "pro-mina", surge un antagonismo que desgarra el tejido social y enfrenta a los protagonistas en posiciones irreductibles.

• La aparición de un poderoso integrante en el contexto social, como es la empresa minera, produce desequilibrios en el delicado e intrincado esquema de relaciones sociales entre los actores de dicha urdiembre. Es que al tener tanto peso la empresa minera, produce un desequilibrio tan pronunciado, que muy difícil de contrarrestar y por lo tanto juega un papel muy importante en las interrelaciones de la sociedad en la que se inserta.

• La inmigración de grupos ajenos al contexto social tradicional, llegados de otras latitudes a trabajar en la mina, produce un sacudimiento en las apacibles y normales relaciones sociales de estos pueblos provincianos.

• El avasallamiento por parte de las empresas mineras de las tierras circundantes, obliga al desarraigo de familias enteras que deben emigrar de su terruño.

• Por otra parte se genera un proceso de disgregación social por falta de expectativas futuras, ya que sus habitantes deben mudarse de su lugar de origen, cambiar su medio de subsistencia y dedicarse a ocupaciones diferentes a las habituales que hacían hasta entonces y que fueron heredadas de sus ancestros1).

Y por último y como consecuencia de los factores contaminantes químicos, se presentan severas agresiones a la salud humana, como así también de animales y plantas, que no se perciben al principio, pero comienzan a ser evidentes al cabo de varios años de iniciada la explotación y cuando la solución del problema es irreversible.

• Entre las enfermedades que se detectan primero son: el aumento de los índices de cáncer (especialmente entre los niños), las afecciones bronco-pulmonares y las enfermedades de la piel.

• Sin embargo hay un factor determinante de afecciones muy graves, como es el aumento de la presencia de metales pesados en sangre, a través de la ingesta del agua, los vegetales y la carne contaminada con dichos elementos (plomo, zinc, cromo, vanadio, azufre, arsénico, cobre y muchos más)

• Esta circunstancia desgraciadamente no es notada hasta que el problema es grave, ya que no se detecta en exámenes de sangre comunes y por otro lado la acumulación de dichos metales es lenta y solo detectable mediante estudios específicos y después de varios años de ingestión de los mismos.

• También debemos considerar los cambios en dieta tradicional de la zona, ya que con la desertificación, desaparición de especies autóctonas y contaminación de productos locales, los habitantes del área deben recurrir a alimentos no tradicionales y ello también significa un riesgo de desequilibrio alimentario y la consiguiente aparición de anemias, desnutrición y/o falta de defensas para el organismo.2).

Consideraciones finales

Por todo lo expuesto, insto a mis queridos hermanos de lucha contra la minería devastadora y contaminante, que amplíen sus demandas y no solo se ocupen de un factor tan importante como la lixiviación con cianuro, sino que cubran todo el extenso espectro mencionado precedentemente, en la seguridad que tendrán una mejor llegada a todos los medios y a la sociedad, sino que les será mucho mas difícil a nuestros detractores atacarnos en todos esos frentes.

Solo deseo que este modesto aporte sirva para colaborar con todos ustedes en esta cruzada en defensa de nuestro país y de su gente.

Notas:
1) "El Impacto de la Mega Minería" – José Jorge Aldecoa – Agosto de 2006 – pag. 30 y 31
2) "El Impacto de la Mega Minería" – José Jorge Aldecoa – Agosto de 2006 – pag. 20 y 21

viernes, 18 de julio de 2008

EL SINDROME MINERO DE NUESTROS GOBERNANTES Y FUNCIONARIOS

EL SINDROME MINERO DE NUESTROS GOBERNANTES
Y FUNCIONARIOS

INTRODUCCION

Existe un hecho singular en el comportamiento de nuestros gobernantes y funcionarios con respecto a la minería en gran escala en la República Argentina:

Sistemáticamente, todos y cada uno de ellos, se pronuncian, actúan y se comprometen públicamente a favor de las empresas mineras extranjeras que operan o están intentando operar en nuestro territorio nacional.

Todo esto a despecho de las permanentes prédicas de los ambientalístas, de las organizaciones internacionales por la protección de la ecología, el paisaje y el medio ambiente y de las personas que viven en las comunidades afectadas por la minería, que se han autoconvocado para hacer oír sus reclamos y solicitar la suspensión de tales actividades.

Para colmo de males hacen oídos sordos a las declaraciones de grandes personalidades del contexto científico mundial, que sostienen con serios fundamentos “que la actividad extractiva minera en gran escala es la mas contaminante del mundo”.

LA LEGISLACION MINERA

Todo esto está avalado por una legislación que comienza a principios de la década del 90, cuando se lanza el puntapié inicial con la Ley 24.196 de Inversiones Mineras del 28/04/1993, que prepara el terreno para una serie de leyes posteriores que permiten a las empresas extranjeras realizar un pingüe negocio basadas en una absoluta exención de impuestos y muchas otras prebendas, amén de una estabilidad legal por 30 años a partir de la aprobación del proyecto de explotación del yacimiento.

Lo curioso es que ningún gobierno posterior (pese a que el mas desprevenido de los ciudadanos se da cuenta del tremendo error cometido con la promulgación de las leyes mencionadas) ha tomado cartas en el asunto ni ha intentado derogar o modificar dichas leyes, sino que por el contrario, ha dictado nuevas reforzando la tesitura adoptada originalmente, haciendo aun mas drástica la situación a favor de la depredación de nuestros recursos mineros.

Vaya como ejemplo la promulgación de los Decretos Nos. 417/2003 y 753/2004 autorizando la Libre Disponibilidad de las Divisas provenientes de las exportaciones de minerales, para las empresas extractoras radicadas en la República Argentina. Esto en buen romance significa que las empresas concesionarias de emprendimientos mineros no tienen la obligación de negociar las divisas por la venta de sus minerales en el extranjero y ello les permite depositar dichas divisas en bancos del exterior, sin pasar por el mercado único de cambios que regula el BCRA (Banco Central de la República Argentina).

LA OPERATORIA ADUANERA

Todo lo mencionado está totalmente concatenado con la Legislación Aduanera que debió adaptarse a los cambios propuestos por la Legislación vigente, mencionada precedentemente, y así permitir un control muy laxo y generalmente inexistente de los envíos de minerales al exterior, una por falta de medios materiales para realizarlos y otra por la legislación propiamente dicha, que permite a la empresa que realiza el despacho, hacer una declaración provisoria que será refrendada posteriormente cuando el comprador y vendedor realicen los análisis correspondientes en el exterior e informen a la Aduana argentina el real contenido de oro del concentrado embarcado. Aunque los plazos para cumplimentar dicho trámite es de seis meses, prorrogables por seis meses más a pedido de los interesados.

Esto que acabo de describir parece extraído de una novela de ciencia ficción, pero lamentablemente es la realidad actual (a quien desconfíe de mis aseveraciones le ruego consultar la Resolución de AFIP 281/98 – Destinación definitiva de Exportación de Minerales).

EL ASPECTO ECONOMICO

Si económicamente esta actividad representara un beneficio importante para nuestro país, se entendería (aunque no se justificaría), ese desmedido afán por defender y proteger a las empresas concesionarias de mega-emprendimientos mineros. Pero lo peor del caso es que el resultado de tales actividades son un muy buen negocio para las empresas y una malísima experiencia para nuestro país.

Avalando lo expuesto analicemos los aspectos económicos de dicha actividad, desde el punto de vista de la legislación vigente:

El único beneficio considerado en la legislación es el de las regalías que se establecen en el artículo 22 de la Ley 24.196 de Inversiones Mineras: “Las provincias que adhieran al régimen de la presente ley y que perciban regalías o decidan percibir, no podrán cobrar un porcentaje superior al tres por ciento (3%) sobre el valor "boca mina" del mineral extraído”.

Ahora bien, veamos en que consiste este valor boca de mina, Resolución Nº 56/97 (24/01/1997): “Para el cálculo del valor “boca-mina”, a dicho monto se le deducirán todos los costos y/o gastos directos y, de amortización que tenga la empresa para dicha operación, excepto los costos y/o gastos directos e indirectos inherentes al proceso de extracción del o de los minerales, pudiéndose expresar mediante la siguiente fórmula:

Vbc = Vf – (Cf+Ct+Cc+Ca+Cd), donde:

Vbc = valor “boca-mina”

Vf = Valor VNR

Cf = costos de transporte, fletes y seguros hasta la entrega del producto logrado, menos los correspondientes al proceso de extracción del mineral hasta la boca-mina.

Ct = costos de trituración, molienda, beneficio y todo proceso de tratamiento que posibilite la venta del producto final a que arribe la operación minera.

Cc = Costos de comercialización hasta la venta del producto logrado.

Ca = Costos de administración hasta la entrega del producto logrado, menos los correspon-dientes a la extracción.

Cd = costos de amortización (inversión total, menos la inversión en mina)”.

De donde se puede deducir que la minería es la única actividad que es subvencionada por el estado, ya que sus gastos operativos son deducidos del importe a pagar en concepto de regalías. (En la práctica estas deducciones redondean el 2%, quedando solo un 1% a pagar).

Pero aquí no termina la historia, ya que de acuerdo a la Resolución Nº 130/93 de la Secretaría de Minería de la Nación, se establecen reintegros a la exportación de minerales provenientes de las provincias de CATAMARCA, JUJUY y SALTA, que originalmente fueron del 5% y luego reducidos al 2,5%.

También hay que considerar la Ley Nº 23.018 – Reintegro de Exportaciones por Puertos Patagónicos, que otorga un beneficio adicional a quienes embarquen por puertos de la patagonia, que pueden llegar a un 5% (según el puerto elegido),

Esto nos lleva a la siguiente conclusión: El valor resultante de aplicar la fórmula del valor boca de mina menos los reintegros hace que en la práctica debemos pagar para que se lleven nuestros recursos minerales.

Finalmente las exenciones de impuestos, tasas y gravámenes que establece la Legislación Minera: Ganancias, Ganancia Mínima Presunta, Bienes Personales, Ley de Sellos, Gravámenes de Importación de Insumos, Equipos, Repuestos y Accesorios, Ingresos Brutos, Impuestos Internos, Tasas Provinciales y Municipales, Devolución del IVA (Resolución Nº 83/04) y otros creados con posterioridad a la obtención de la estabilidad fiscal del proyecto.

CONSIDERACIONES FINALES

Lo llamativo de esta situación es que, después de analizar todos los aspectos de la operación de extracción, transporte y despacho de los minerales de nuestro subsuelo, no es razonable que alguien que esté al tanto de lo mencionado, sea tan proclive a defender los intereses de las empresas mineras y totalmente en contra de nuestros intereses nacionales, pese a las constantes pruebas presentadas en contra de estas actividades.